Cartagena, 15 de enero del 2021. La Procuraduría General de la Nación emitió concepto sobre la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley que crea el Fondo Sustentabilidad Pro-Cartagena 500 años, que busca superar la miseria en la ciudad en el 2033.
Según el Ministerio Público esta ley no interfiere en las facultades del Distrito, ya que tiene su objeto limitado y se somete a los planes de la Alcaldía. Así mismo, explica que los argumentos de los demandantes no demuestran una violación a la Constitución, por lo tanto, no dan pie a una inconstitucionalidad.
«Es importante precisar que la respectiva sociedad fiduciaria es la que administra el Fondo (…) que las funciones de la Junta atienden el alcance del Fondo, y que el Plan de Dinamización se enmarca en los objetivos trazados que responden a las necesidades contextuales identificadas desde la presentación de la iniciativa.”, precisa el ente del Ministerio Público.
La Procuraduría señala que contrario a lo que dicen los demandantes, el manejo de los recursos del Fondo si podrá ser vigilado por la Contraloría, “en virtud del artículo 267, la Contraloría General de la República debe vigilar la gestión fiscal de la administración, así como de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación”.
En ese sentido, la Procuraduría General de la Nación solicita a la Corte Constitucional declarar exequible la Ley 2038 de 2020 la cual fue creada respetando los parámetros de la Constitución.
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